
No aspiremos a lo imposible, no sea que por elevarnos sobre la región de la libertad, descendamos a la región de la tiranía.
—Simón Bolívar, Discurso de Angostura (1819)
¿Existieron, o pudieron haber existido, equivalentes a Alexander Hamilton y James Madison en América Latina? Esta pregunta es especialmente provocadora ya que existe una predilección en comparar, fútilmente, las gestas norteamericana e hispanoamericana, como si fuesen éstas de algún modo equiparables. De esa forma, se emiten juicios de valor y se ponderan aquellos procesos desde el presentismo1 con una ligereza que levanta las sospechas de quienes sí se han ocupado en estudiar estos procesos desde un sinfín de disciplinas que van desde la historia militar, pasando por la historia constitucional hasta llegar a la historia de las ideas políticas.
Dentro de un cúmulo de comparaciones odiosas que pretenden remontarse al pasado para ubicar en él una suerte de “pecado original” de nuestra región (pobreza, subdesarrollo, corrupción, violencia, ingobernabilidad); el período de la independencia de la América española se presenta como uno de los favoritos para denostar y achacar todos los males de nuestras repúblicas latinoamericanas del presente. Muchas veces sin tomar en cuenta nuestra herencia colonial2 y lo que autores como el historiador venezolano Germán Carrera Damas ha denominado absolutismo originario;3 muchos obvian el hecho toral de que la América española se separó de una monarquía absoluta que nunca permitió ningún tipo de expresión de la soberanía popular4 ni mucho menos aceptó reformas liberales.5 A diferencia de los Estados Unidos de América, que se independizaron de una monarquía constitucional que ya arribaba a casi un siglo.6
Esto no significa que no existieran intentos de establecer un sistema político de libertades una vez roto el nexo con la Corona. De hecho, podemos englobar las décadas entre 1810 y 1830 como un período de intensa discusión y debate sobre la forma de gobierno que revestirá la formulación de los proyectos nacionales7 de la América Meridional.8 Facciones monárquicas y republicanas, de tendencias liberales y conservadores, federalistas y centralistas, debatirán en este lapso todo tipo de recetas y fórmulas políticas para encontrar la mejor forma de gobierno de las ex provincias españolas. Recordemos, por ejemplo, que para 1816 en el Congreso de Tucumán, las provincias del Río de la Plata, después de grandes deliberaciones, líderes como Belgrano, San Martín y Rivadavia se decantaron por la monarquía constitucional, como la forma de gobierno más adecuada para mantener el orden y la defensa en aquellos territorios, mientras que al norte de América del Sur, en Nueva Granada y Venezuela, se impuso con fuerza la forma de gobierno republicana, liderada esta tesis por Simón Bolívar, que la expuso en los innumerables escritos que conforman su ideario político y que analizaremos de seguidas.
Ya en el “Manifiesto de Cartagena” de 1813, Bolívar, apelando a un realismo político preclaro producto de la estrepitosa derrota de la Primera República de 1811, expresa el fracaso de las “repúblicas aéreas”, que sólo existieron en la imaginación de “buenos visionarios” que procuraron “alcanzar la perfección política, presuponiendo la perfectibilidad del linaje humano” y cuyo resultado fue un sistema político que sólo existió en la imprenta y que en la práctica tuvo “filósofos por jefes, filantropía por legislación, dialéctica por táctica, y sofistas por soldados”.9 Esta imperiosa obligación de lo real y la plena conciencia de que muchas veces la razón de Estado debe imponerse frente a los idealismos (que tanto gustan a los hombres librescos que nunca han pisado un campo de batalla), acompañará al Libertador por el resto de su vida y le valdrá toda clase de injurias y enemigos políticos y personales.10
Años después y luego de un segundo fracaso y un segundo exilio, en medio de la Guerra de Independencia, Simón Bolívar pronuncia su celebérrimo Discurso de Angostura el 15 de febrero de 1819, durante el Congreso de Angostura en Venezuela. Bolívar pretendía recabar apoyos y articular su visión de un continente unido e independiente encarnado en la República de Colombia. El discurso aborda los retos políticos, sociales y económicos a los que se enfrentaban las naciones recién liberadas, pidiendo el establecimiento de gobiernos estables y la necesidad de un poder ejecutivo fuerte para mantener el orden y evitar la anarquía. Bolívar aboga por un gobierno centralizado, expresando su preocupación por los peligros potenciales de una excesiva descentralización y fragmentación: “Cuanto más admiro la excelencia de la constitución Federal de Venezuela, tanto más me persuado de la imposibilidad de su aplicación a nuestro estado”.11 Bolívar defendía la necesidad de un Poder Ejecutivo unipersonal que recayera en un solo magistrado, a diferencia del fracasado triunvirato propuesto en la fallida Constitución de Venezuela de 1811.
Volviendo a las comparaciones inútiles, recordemos que mientras las nacientes repúblicas hispanoamericanas pretendían sentar las bases de un nuevo gobierno en medio de la guerra,12 en su momento, los norteamericanos se dedicaron a hacer los arreglos políticos y jurídicos de su república, una vez culminada (y ganada) su guerra de independencia en 1783, luego de un intenso debate y deliberación y un fuerte trabajo de persuasión en la prensa, que desembocó en el Congreso de 1789. En ese sentido, las circunstancias del nacimiento de ambas repúblicas fue diametralmente distinta. De hecho, Bolívar señala que el éxito del sistema federal13 en Estados Unidos es un “prodigio”, exclusivamente excepcional de Norteamérica con muy remotas probabilidades de tener éxito en la América española:
Este pueblo es único en la historia del género humano, es un prodigio, repito, que un sistema tan débil y complicado como el federal haya podido regirlo en circunstancias tan difíciles y delicadas como las pasadas. Pero sea lo que fuere de este Gobierno con respecto a la Nación americana, debo decir que ni remotamente ha entrado en mi idea asimilar la situación y naturaleza de dos estados tan distintos como el inglés americano y el americano español.14
De tal suerte que Bolívar recuerda que es el propio Montesquieu en El Espíritu de las Leyes (1748), quien argumenta que la Constitución y las leyes de una nación deben tomar como base la naturaleza de sus pueblos.15 De allí su propuesta de un Ejecutivo fuerte que concentrara momentáneamente los poderes como única vía de garantizar la supervivencia de la República en medio de una cruenta arremetida de los realistas y de la emergencia de caudillos regionales en ese particular momento de la guerra. Sin embargo, a pesar de las recomendaciones de Bolívar en 1819 y luego de las contundentes victorias de los patriotas en las batallas de Boyacá y Carabobo, finalmente en la Constitución de Angostura de 1821 terminaría venciendo el moralismo y los intereses de la oposición legalista,16 que no entendieron la invocación de la razón de Estado como única salvaguarda de la comunidad política e interpretaron la propuesta de la presidencia vitalicia esto como una propensión autoritaria en el Libertador.17
No obstante, las razones del Libertador para concentrar el poder político en el Ejecutivo, e incluso en algunos casos muy apremiantes invocar la Dictadura,18 entendida como la magistratura temporal durante la República Romana invocada en situaciones de emergencia,19 responde a una situación de contingencia y jamás una forma personalista de ejercer el poder político. Refiere Bolívar:
En las repúblicas el ejecutivo debe ser el más fuerte, porque todo conspira contra él; en tanto que en las monarquías el más fuerte debe ser el legislativo, porque todo conspira en favor del monarca. [...] Un magistrado republicano es un individuo aislado en medio de una sociedad; encargado de contener el ímpetu del pueblo hacia la licencia, la propensión de los jueces y administradores hacia el abuso de las leyes.20
Prosigue el Libertador:
“Si no se ponen al alcance del ejecutivo todos los medios que una justa atribución le señala, cae inevitablemente en la nulidad o en su propio abuso; quiero decir, en la muerte del gobierno, cuyos herederos son la anarquía, la usurpación y la tiranía. (...) abandonemos las formas federales que no nos convienen; abandonemos el triunvirato del Poder ejecutivo; y concentrándolo en un Presidente, confiémosle la autoridad suficiente para que logre mantenerse luchando contra los inconvenientes anexos a nuestra reciente situación al estado de guerra que sufrimos y a la especie de los enemigos externos y domésticos, contra quienes tendremos largo tiempo que combatir.21
A propósito de las preocupaciones constitucionales y los intereses intelectuales del Libertador sobre la mejor forma de gobierno para estas naciones, en una carta que le envía el filósofo y jurista inglés Jeremy Bentham al Libertador en 1825, éste le expresa su “respeto y admiración” y le envía sus “Principios que deben servir de guía en la formación de un Código Constitucional para un Estado”, la “Legislator’s Inaugural Declaration” y un tercer texto intitulado “Official aptitude maximized, expense minimized”, además de un ejemplar de su Proyecto de Codificación, así como comentarios sobre los códigos penal y civil que se hallaba aún elaborando, e incluso recomendaciones sobre la Educación, tema que también apasionaba al Libertador. Escribe Bentham que siendo él un “republicano declarado”, sus trabajos gozan de una opinión “favorable y extensa” en los Estados Unidos de Norteamérica. También, sobre la necesidad de un gobierno fuerte que blinde del peligro de las conjuras, separatismos, e incluso el magnicidio a la república, Bentham escribe:
Contra tales peligros, el preservativo más eficaz (¿necesitaré decirlo?) es dar de hecho y de derecho una base sólida y consistente a la forma de gobierno que profesa tener por objeto la mayor felicidad del mayor número.22
Es prácticamente imposible que si Bolívar hubiese sido un hombre de inclinaciones tiránicas23 y personalistas que buscaba erigirse en monarca absoluto de facto, tuviera esta disposición a imbuirse en temas jurídicos y filosóficos sobre las formas de gobierno, la Constitución política de las naciones e incluso la formación de una burocracia profesional.
Los anti-bolivarianos han sostenido que el hecho de que Bolívar ostente la profesión castrense como general en Jefe del Ejército Patriota al mismo tiempo que la jefatura del Estado, lo proscribe del ideal republicano y civilista24 como si los civiles de alguna forma estuvieran ungidos exclusivamente de las virtudes del arte de gobernar. De hecho, se ha querido ubicar en la figura de Bolívar las raíces del militarismo25 y caudillismo latinoamericano26 y el arquetipo del “hombre fuerte”27 que concentra el poder político y militar en su persona.
Como refiere el historiador venezolano Elías Pino Iturieta sobre Bolívar quien, según él, tiene un: “personal y contumaz afán de mantenerse en el poder como reemplazo del rey de España”, equiparando al Libertador de alguna forma con los jinetes sanguinarios de la guerra de independencia: “Con los que se mezclará hasta ser uno de ellos en medio de eficaces ocultamientos bordados con primor en su época y en el futuro”.28 De hecho, lo que pasó en realidad fue exactamente lo contrario, ya que en el caso de los caudillos y jefes de montoneras locales de la naciente república (entre ellos probablemente el más famoso es José Antonio Páez, el Centauro de los Llanos) precisamente se rebelaron contra Bolívar porque se rehusaban a obedecer las leyes de Colombia y ponerse a derecho.29
La misma preocupación por el Poder Ejecutivo en una forma de gobierno republicana la expresa el propio Alexander Hamilton en los Federalist Papers, poco más de dos décadas antes que Bolívar. En El Federalista, Nº 70 del 18 de marzo de 1788, Hamilton trata de persuadir al público estadounidense para que abrazara la idea de un gobierno federal más fuerte y resalta la importancia de una nación unificada, refutando la errada concepción de que un “ejecutivo vigoroso es incompatible con el espíritu del gobierno republicano”.30 Señala:
Al definir un buen gobierno, uno de los elementos salientes debe ser la energía por parte del Ejecutivo. Es esencial para proteger a la comunidad contra los ataques del exterior; es no menos esencial para la firme administración de las leyes; para la protección de la propiedad contra esas combinaciones irregulares y arbitrarias que a veces interrumpen el curso normal de la justicia.31
Interesantemente, Hamilton también resalta la figura del dictador republicano como un recurso de salvaguarda frente a momentos de crisis, acotado por un lapso de tiempo limitado y por otras disposiciones legales:
“El hombre más ignorante de la historia de Roma sabe cuán a menudo se vio obligada esa república a buscar refugio en el poder absoluto de un solo hombre, amparado por el título formidable de Dictador, lo mismo contra las intrigas de individuos ambiciosos que aspiraban a la tiranía y los movimientos sediciosos de clases enteras de la comunidad cuya conducta ponía en peligro la existencia de todo gobierno, como contra las invasiones de enemigos de afuera que amenazaban con conquistar y destruir Roma.32
Al igual que Bolívar cuando dice en Angostura que “Nada es tan peligroso con respecto al pueblo como la debilidad del ejecutivo”;33 Hamilton expresa: “Un ejecutivo débil significa una ejecución débil del gobierno. Una ejecución débil no es sino otra manera de designar una ejecución mala”.34 Cuando Hamilton habla de “energía” en el Ejecutivo, se refiere a las siguientes cualidades: unidad, permanencia, proveer adecuadamente a su sostenimiento y contar con poderes suficientes. Por su parte, los elementos para que este poder no se extralimite, son a su vez: la dependencia debida respecto del pueblo y la responsabilidad necesaria.35
A pesar de ser los Estados Unidos de América un sistema federal, Hamilton argumenta a favor de un ejecutivo fuerte, destacando sus beneficios para la protección de los derechos individuales y la prevención de la tiranía. En el famoso ensayo, Hamilton señala la importancia del papel de un ejecutivo vigoroso para preservar la estabilidad y eficacia del gobierno y advierte sobre lo pernicioso, sobretodo en temas de seguridad nacional, de un Poder Ejecutivo colegiado cuyo poder de decisión sea deliberativo por lo que no hay que “dejarse ilusionar por la pluralidad en el Ejecutivo”.36 Otra precisión de Hamilton es que cuando el Poder Ejecutivo es un cuerpo colegiado, se “disimulan las faltas y se destruyen las responsabilidades”, por lo que desde el punto de vista de la rendición de cuentas, además del cuidado de las finanzas públicas por el incremento en el gasto, lo ideal es que estas funciones recaigan en un solo magistrado.
En conclusión, el Discurso de Angostura de Simón Bolívar y El Federalista Nº 70 de Alexander Hamilton arrojan luz sobre la importancia del Ejecutivo en una república. Tanto Bolívar como Hamilton reconocieron el papel vital de un poder ejecutivo fuerte para salvaguardar los principios de una república. Desde la perspectiva de Bolívar, es plausible especular que además de leer los clásicos, estudió de cerca y admiró las contribuciones de los padres fundadores de los Estados Unidos de América. Principalmente, su determinación de establecer repúblicas basadas en principios constitucionales refleja los propios ideales de la Revolución Americana. Es probable que gracias al experimento norteamericano, que para ese entonces ya tenía varias décadas de existencia, Bolívar reconociera que un poder ejecutivo fuerte fuese crucial para garantizar el imperio de la ley y para protegerse de los peligros del “puritanismo en la política” (como diría también Edmund Burke sobre la Revolución Francesa), que llevan al faccionalismo y la inestabilidad.
Lamentablemente, tanto Hamilton como Bolívar serán proféticos en sus advertencias sobre las divisiones internas y el ulterior peligro latente de las revoluciones y de la guerras civiles, que en Estados Unidos estallará en 1860, y en Suramérica durarán prácticamente por todo el resto del siglo XIX y, en algunos casos, parte del XX.
El presentismo es un vicio historiográfico que plantea juzgar el pasado bajo la óptica y los valores del presente sin tomar en cuenta el contexto y el momento del fenómeno histórico que se estudia.
Véase Stanley J. y Barbara H. Stein, La herencia colonial de América Latina, Madrid, Siglo XXI Editores, 1970.
La sociedad de la América española se formó en el ámbito socio-político y espiritual de la modalidad colonial de la monarquía absoluta. Sobre esto, véase Germán Carrera Damas, Una nación llamada Venezuela: Proceso sociohistórico de Venezuela (1810-1974), Caracas, Universidad Central de Venezuela, 1980, pp. 22-23.
En 1767, la Corona española expulsó a la Compañía de Jesús de los territorios de América, en parte por las enseñanzas de las teorías de la soberanía popular del jesuita Francisco Suárez. Recordemos que la dinastía de los Borbones, tanto en Francia como en España, asentaban su poder soberano en el llamado Derecho divino de los reyes; véase León M. Gómez Rivas, Escolástica e independencia: Las bibliotecas jesuitas al tiempo de la emancipación americana, Guatemala, Instituto Fe y Libertad, 2021. De hecho, las expresiones de soberanía popular del “juntismo” comienzan a darse en España a raíz del vacío de poder tras la invasión napoleónica de la península ibérica. El rey Carlos IV abdica, primero en favor de su hijo Fernando VII, para después entregarle el poder definitivamente a Bonaparte quien nombraría rey de España a su hermano “Pepe Botella”.
Cuando Fernando VII es restituido en 1814, inmediatamente deroga la Constitución de Cádiz, texto emanado de la expresión de la soberanía popular del juntismo en las Cortes de Cádiz. Esta Constitución es proclamada de nuevo en 1820, para volver a ser derogada otra vez en 1823. Sólo estuvo vigente 6 años y escasamente fue puesta en práctica.
Desde 1689, Inglaterra estableció una monarquía constitucional la cual trajo consigo cambios significativos en el equilibrio de poder entre la monarquía y el Parlamento, quedando limitada la autoridad de la monarquía por una Carta de Derechos, que definía con mayor precisión los derechos y libertades del pueblo inglés y restringía los poderes de la monarquía.
Por tal entendemos los trabajos políticos, jurídicos y sociales que comenzaron una vez abolida la monarquía colonial, y que están fundados esencialmente en la noción de soberanía nacional; véase Carrera Damas, Una nación llamada Venezuela, pp. 97 y ss.
Hasta este momento “América Meridional” era el término para referirse al subcontinente que abarca desde el Alta California en el Virreinato de Nueva España hasta Cabo de Hornos en el Virreinato de La Plata. La categoría “América Latina” para referirse a estos territorios será acuñada décadas después y pretende englobar la América hispana, lusitana (Brasil) y francesa (Haití) como proveniente de una raíz latina-continental común.
“Memoria dirigida a los ciudadanos de la Nueva Granada por un caraqueño”, Cartagena, 15 de diciembre de 1812, en Manuel Pérez Vila, ed., Doctrina del Libertador, Caracas, Biblioteca Ayacucho, 1979, p. 9.
El anti-bolivarianismo tiene sus antecedentes en la propia época de Bolívar, pero incluso se extiende hasta el presente. Probablemente los anti-bolivarianos contemporáneos con el Libertador más conocidos son el general cucuteño Francisco de Paula Santander, una vez compañero en armas y hombre de su extrema confianza, luego convertido en un enconado enemigo político y personal que publicó toda serie de panfletos y libelos contra el Libertador. En su ciudad natal, Caracas, será el médico José Domingo Díaz con sus Recuerdos sobre la rebelión de Caracas (1829) uno de sus más celebérrimos opositores. Asimismo, están las crónicas del coronel George Hippisley, de 1819; las memorias del general franco-prusiano Ducoudray Holstein, de 1828 y, por supuesto, la famosa entrada intitulada “Bolívar” en la New American Encyplopedia, escrita por nada más y nada menos que Karl Marx en 1858.
Discurso de Angostura, 15 de febrero de 1819, Pérez Vila, Doctrina del Libertador, p. 108.
En 2021, en el marco del Bicentenario de la independencia de Centroamérica, el escritor español Francisco Pérez de Antón, publicó un ensayo intitulado Y lograron sin choque sangriento, en el que enaltece la independencia centroamericana calificándola de una “transición pacífica del absolutismo a la democracia representativa” y la contrapone a las “sangrientas independencias de América del Sur” que, según el autor, se concretaron por medio de las armas y no mediante el acuerdo y la deliberación pacífica. Lamentablemente, este es un análisis equivocado que obvia muchos matices, que requiere una reflexión más profunda que excede los límites de este ensayo y que quedará para otra ocasión.
Sobre este respecto, es importante puntualizar que el federalismo norteamericano es probablemente uno de los conceptos peor entendidos fuera de los Estados Unidos y más manidos en la historiografía sobre el siglo XIX. En palabras del politólogo estadounidense Francis Fukuyama, el federalismo equivale a lo que, fuera de los Estados Unidos, los demás entendemos por “subsidiariedad”. Sobre esto, véase Francis Fukuyama, Liberalism and Its Discontents, Nueva York, Farrar, Straus and Giroux, 2022, p. 148.
Discurso de Angostura, Pérez Vila, Doctrina del Libertador, p. 108.
Norberto Bobbio, La teoría de las formas de gobierno en la historia del pensamiento político. México, Fondo de Cultura Económica, 2006, p. 123.
De la advertencia de Bolívar sobre las “teorías abstractas son las que producen la perniciosa idea de una libertad ilimitada”, sus detractores deducen que el Libertador era un conservador autoritario, y eso es lo que muchas veces buscan resaltar de él. Sin embargo, pasan por alto de forma deliberada que también en este discurso, el Libertador aboga por la abolición de la esclavitud, cumpliendo con la condición que le puso el presidente Alejandro Petión durante su exilio en Haití para poder ayudarle económicamente en la liberación de Venezuela y que Bolívar cumplió en el gesto de concederles la libertad a sus propios esclavos. Sobre la liberación total de los esclavos y la proscripción de la esclavitud, el Libertador recomienda al Congreso: “Encareceros la justicia, la necesidad y la beneficencia de esta medida”. Discurso de Angostura, Pérez Vila, Doctrina del Libertador, p. 124. Es prácticamente imposible que si Bolívar hubiese sido el criollo aristócrata conservador que describen los anti-bolivarianos, levantara esta bandera prácticamente libertaria en aquella época.
Consúltese Alejandra Martínez Cánchica, “Evocaciones clásicas en la dictadura de Simón Bolívar de 1813-1814”, Revista Fe y Libertad 4, n.º 2 (2021), pp. 61-76. Paradójicamente, los anti-bolivarianos del pasado y del presente obvian por completo que en aquel momento, el Congreso de Venezuela usurpó varias veces funciones propias del Poder Ejecutivo, en una clara extralimitación de sus poderes constitucionales.
Carl Schmitt define Dictadura como la presión que un poder político, exento de limitaciones jurídicas, ejerce para salir de una situación anormal, especialmente una guerra o una insurrección. La dictadura: Desde los comienzos del del pensamiento moderno de la soberanía hasta la lucha de clases proletaria, Madrid, Revista de Occidente, 1968, pp. 21-27, 33-34, 48, 54. Schmitt refiere que, a partir del desarrollo jurídico posterior a la Revolución Francesa, comenzarán a delimitarse jurídicamente lo que hoy conocemos como estados de excepción, de guerra y de sitio, y cita como ejemplos la Ley francesa de 1849 y la Ley prusiana de 1851. Ibíd., pp. 253-263. Por Dictadura, Bolívar se refería a lo que hoy conocemos como Leyes Habilitantes, no a una forma de gobierno autoritaria.
Una de las influencias de Simón Bolívar es Jean Jacques Rousseau y sus ideas de republicanismo antiguo. Nadie más desafecto de la monarquía absolutista que el ginebrino, sin embargo, acepta la figura del dictador como parte del sistema republicano. Así lo escribe en El contrato social, Madrid, Antonio Novo, 1880, pp. 180-181: “De cualquier modo que se confiera esta importante comisión, conviene fijar su duración a un término muy corto que no pueda prolongarse jamás”.
Discurso de Angostura, Pérez Vila, Doctrina del Libertador, p. 118.
Ibíd., pp. 118-119.
Bentham a Bolívar, Londres, 13 de agosto de 1825, en Simón B. O’Leary, ed., Memorias del general O’Leary, 32 vols., Caracas, Gaceta Oficial, 1879-1888, XII, pp. 265-279.
El tirano, por definición desde la Edad Media, es un gobernante que toma el poder ilegalmente y gobierna de forma opresiva. Todo tirano actúa fuera de la ley, por ende es ilegítimo y carece de base constitucional y tampoco rinde cuentas.
El civilismo sería una suerte de religión política que busca neutralizar y alejar del ejercicio político a los militares subordinándolos a los civiles, que son presentados como virtuosos e ilustrados hombres de leyes o de negocios, alejados de la barbarie de las acciones de fuerza del oficio de las armas.
Por militarismo entendemos la creencia predominante de que los militares están destinados a ejercer la política y el gobierno de una nación. Por pretorianismo entendemos un tipo de militarismo que abusa del poder político. Sobre este punto cabe recordar que este “ideal civilista” es una idea contemporánea sin cabida en la historia del republicanismo, ya que en la propia República Romana, cónsules como Cayo Mario fueron formidables hombres de armas. También es preciso recordar que el general George Washington desempeñó la carrera militar en la guerra revolucionaria y posteriormente como presidente de gobierno por dos períodos. En la propia América española, incluso durante el período colonial, el cargo de Capitán General poseía de suyo las dos funciones: militar y político-administrativa. Finalmente, es importante traer a colación que en el constitucionalismo moderno, el hecho de que el Jefe de Estado, también sea el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas, es una evocación de este inmemoriable fundamento.
Quienes tildan a Bolívar de “caudillo”, se hallan en una equivocación conceptual profunda ya que el caudillo por definición no obedece las leyes, actúa de forma arbitraria, siempre al margen de la ley y de todo principio que no sea el poder que le otorga su carisma y sus alianzas personales. La pretensión de Bolívar siempre fue, por el contrario, constreñir la presidencia a las leyes de la república en un marco acorde a las necesidades de su presente.
Véase Elías Pino Iturrieta, Nada sino un hombre: Los orígenes del personalismo en Venezuela, Caracas, Editorial Alfa, 2016.
Ibíd., pp. 12-13.
Véase Elías Pino Iturrieta, La Cosiata: Páez, Bolívar y los venezolanos contra Colombia, Caracas, Editorial Alfa, 2019.
Henry Cabot Lodge, ed., The Works of Alexander Hamilton, 12 vols., Nueva York, G. P. Putnam’s Sons, 1904, IX, p. 436.
Ibíd.
Ibíd., IX, pp. 436-437.
Discurso de Angostura, Pérez Vila, Doctrina del Libertador, p. 117.
Lodge, Works of Alexander Hamilton, IX, p, 437.
De este postulado sobre la responsabilidad del Ejecutivo, surgirá posteriormente la interpretación de la figura del juicio político y del “impeachment” en esa república.
Lodge, Works of Alexander Hamilton, IX, p, 438.
Gran aporte.
Excelente artículo.